Rematriculación de centros médicos y servicios de ambulancias
El Colegio de Médicos de Santa Fe recuerda que las habilitaciones para el funcionamiento de centros médicos y servicios de ambulancias tienen una vigencia de 3 (tres) años. Vencido ese plazo deberá obtenerse la rematriculación. El trámite es obligatorio y debe realizarse en las oficinas de la institución. Consultar requisitos y documentación a presentar en esta página Web.
El Colegio de Médicos de Santa Fe, 1ª Circunscripción, recuerda que las autorizaciones para el funcionamiento de centros médicos y servicios de ambulancias tienen una vigencia de 3 (tres) años, debiendo solicitar la renovación de la habilitación una vez vencido el plazo.
Este trámite es obligatorio para seguir funcionando y quienes no cumplan con este requisito se hacen pasibles de las sanciones previstas por la Ley 9847, sus modificatorias y decreto reglamentario.
Los interesados deben concurrir a la sede de nuestra entidad - 9 de Julio 2464 de la ciudad de Santa Fe -, donde deberán completar una solicitud y abonar la tasa correspondiente. Todo esto, en virtud de las facultades delegadas por el estado provincial en el Colegio de Médicos de Santa Fe.
Los requisitos y documentación a presentar se pueden consultar en esta página Web.