Actualizan requisitos para habilitar centros de cirugía ambulatoria
El Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe modificó los requisitos para la habilitación de un centro o servicio de cirugía ambulatoria. Lo hizo a través de la Resolución 1682 del año 2016. A partir de las facultades delegadas por el estado provincial el Colegio de Médicos de Santa Fe es la institución encargada de la habilitación y control de estos establecimientos.
El Colegio de Médicos de Santa Fe, 1ª Circunscripción, informa que el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, a través de la Resolución 1682/16, actualizó los requisitos para la habilitación de un "Centro o Servicio de Cirugía Ambulatoria".
La norma define que un "Centro o Servicio de Cirugía Ambulatoria" es aquel establecimiento de atención médica en el cual se realizan prácticas invasivas de diagnóstico y/o tratamiento efectuadas por profesionales especializados, con horario diurno de atención y la posibilidad de internación de los pacientes intervenidos por un lapso máximo de 12 horas.
La principal novedad de la Resolución 1682/16 es la definición de dos niveles de complejidad para la fijación de los requisitos de habilitación. Estos establecimientos son clasificados en Nivel A y B; considerando para éste último caso, establecimientos habilitados bajo una denominación o especialidad determinada.
Por consultas o mayor información dirigirse al Departamento de Control y Fiscalización del Colegio de Médicos de Santa Fe, 1ª Circunscripción.
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Teléfonos: (0342) 4565072 o 4520176/26 interno 208
Ver texto completo Resolución 1682/16