El Colegio de Médicos de la Provincia de Santa Fe 1ª Circunscripción informa los valores de los aranceles detallados a continuación, vigentes a partir del 1° de Marzo de 2024 de acuerdo con lo resuelto en la reunión de Mesa Directiva en el Acta N° 3114 del 29 de Febrero de 2024. Es de destacar que esta facultad es otorgada por el Estado Provincial mediante la Ley 11.089.

CONCEPTOSPESOS
Cuota de Colegiación Médico15.000,00 (a partir del 01/12/2024)
Cuota de Colegiación Médico Joven7.500,00  (a partir del 01/12/2024)
Matriculación/Rematriculación de Médicos48.000,00
Matriculación de Autorizados90.000,00
Matriculación de Auxiliares de la Medicina26.500,00
Registro de Tec. Sup. en Emergencias105.500,00
Certificado de Matrícula1200,00
Credencial (duplicado)8500,00
Recetarios Psicotrópicos /Estupefacientes1200,00
“>Recertificación42.000,00
Derecho de Examen64.000,00
Fotocopias por unidad – Médicos80,00
Fotocopias por unidad – Público Gral.120,00
Habilitación de Ambulancia – Traslado Urbano e Interurbano (pago anual)105.500,00
Servicio de emergencias médicas (por unidad)105.500,00
Habilitación/Rehabilitación de Consultorios50.000,00
Habilitación/Rehabilitación de Centros Médicos (por consultorio)37.000,00
Habilitación Centros de Cirugía Ambulatoria (pago anual)120.000,00
Habilitación Centros de Diálisis (pago anual)120.000,00
Habilitación Centros de Día 3ra. Edad120.000,00
Habilitación Banco de Sangre (pago anual)132.000,00
Habilitación Laboratorio de Anatomía Patológica71.000,00
Habilitación Salud Mental110.000,00
Habilitación Centro Rehabilitación Drogadependiente110.000,00
Habilitación Sala de Quimioterápia (pago anual)156.000,00
Habilitación Salas Endoscopías80.000,00
Habilitación Vacunatorio60.800,00
Habilitación Cámara Hiperbárica120.000,00
Habilitación Hostal Asistido120.000,00
Servicio de Atención Domiciliaria120.000,00
Incorporación Plantel Profesional10.000,00
Cambio de Razón Social/Titular15.000,00
Otorgamiento de puntaje (Dependiendo de la carga horaria)Hasta 50 hs.   8.000,00
Hasta 99 hs.   12.000,00
Mayor a 100 hs. 16.000,00
Tasa legalización para exterior85.000,00

ARANCELES MÉDICOS REFERENCIALES

El Colegio de Médicos de la Provincia de Santa Fe 1ra. Circunscripción resuelve en virtud a las atribuciones establecidas en su ley de creación, Ley 3950, y Estatutos complementarios la siguiente tabla como “Arancel Médico Referencial” que deberá cumplirse en todo el territorio de la circunscripción referida.

Estos valores serán actualizados trimestralmente de acuerdo al índice inflacionario correspondiente.

*Terapia Intensiva, Unidad Coronaria y Unidades de Emergencia.

Mesa Directiva. Santa Fe, 1ro de abril de 2025.