El Colegio de Médicos de la Provincia de Santa Fe 1ª Circunscripción informa los valores de los aranceles detallados a continuación, vigentes a partir del 7 de Agosto de 2025 de acuerdo con lo resuelto en la reunión de Mesa Directiva en el Acta N° 3192 del 7 de Agosto de 2025. Es de destacar que esta facultad es otorgada por el Estado Provincial mediante la Ley 11.089.

CONCEPTOSPESOS
Cuota de Colegiación Médico20.000,00
Cuota de Colegiación Médico Joven10.000,00
Matriculación/Rematriculación de Médicos64.000,00
Matriculación de Autorizados130.000,00
Matriculación de Auxiliares de la Medicina36.000,00
Registro de Tec. Sup. en Emergencias150.000,00
Certificado de Matrícula2000,00
Credencial (duplicado)12.000,00
Recetarios Psicotrópicos /Estupefacientes2000,00
Recertificación56.000,00
Derecho de Examen85.000,00
Fotocopias por unidad – Médicos110,00
Fotocopias por unidad – Público Gral.170,00
Habilitación de Ambulancia – Traslado Urbano e Interurbano (pago anual)140.000,00
Servicio de emergencias médicas (por unidad)140.000,00
Habilitación/Rehabilitación de Consultorios66.000,00
Habilitación/Rehabilitación de Centros Médicos (por consultorio)50.000,00
Habilitación Centros de Cirugía Ambulatoria (pago anual)160.000,00
Habilitación Centros de Diálisis (pago anual)160.000,00
Habilitación Centros de Día 3ra. Edad160.000,00
Habilitación Banco de Sangre (pago anual)180.000,00
Habilitación Laboratorio de Anatomía Patológica95.000,00
Habilitación Salud Mental146.000,00
Habilitación Centro Rehabilitación Drogadependiente146.000,00
Habilitación Sala de Quimioterápia (pago anual)206.000,00
Habilitación Salas Endoscopías105.000,00
Habilitación Vacunatorio80.000,00
Habilitación Cámara Hiperbárica160.000,00
Habilitación Hostal Asistido160.000,00
Servicio de Atención Domiciliaria160.000,00
Incorporación Plantel Profesional14.000,00
Cambio de Razón Social/Titular20.000,00
Otorgamiento de puntaje (Dependiendo de la carga horaria)Hasta 50 hs.   11.000,00
Hasta 99 hs.   17.000,00
Mayor a 100 hs. 22.000,00
Tasa legalización para exterior112.000,00

ARANCELES MÉDICOS REFERENCIALES

El Colegio de Médicos de la Provincia de Santa Fe 1ra. Circunscripción resuelve en virtud a las atribuciones establecidas en su ley de creación, Ley 3950, y Estatutos complementarios la siguiente tabla como “Arancel Médico Referencial” que deberá cumplirse en todo el territorio de la circunscripción referida.

Estos valores serán actualizados trimestralmente de acuerdo al índice inflacionario correspondiente.

*Terapia Intensiva, Unidad Coronaria y Unidades de Emergencia.

Mesa Directiva. Santa Fe, 1ro de julio de 2025.